Las demandas laborales deben presentarse delante los Juzgados de la jurisdicción laboral competentes para el enjuicamiento la materia sobre la que verse la acción ejercitada por el demandante. El acto de concilliación judicial previo al juicio se celebrará delante el LAJ y el juicio ante el Mediador o Magistrado. En https://demandalaboral40505.blogmazing.com/34617408/la-guía-definitiva-para-laboral-demanda-de-empleo